La Gobernadora puede violar la ley sin consecuencias
ANTÍPODAS
Por: Juan Manuel Cambrón Soria
El pasado 9 de febrero, el PRD Tlaxcala presentó una denuncia formal ante el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones en contra de la gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros, por realizar promoción personal bajo el argumento de informar a la ciudadanía sobre los resultados de su administración. La mandataria emprendió una serie de recorridos por distintos municipios del estado que, desde una perspectiva jurídica, rebasaban sin estupor los límites legales de la comunicación gubernamental y constituían una estrategia de promoción política personal.
La estrategia de la gobernadora Cuéllar se enmarcó en una serie de acciones denominadas “Jornadas Cumpliendo al Pueblo”, llevadas a cabo entre el 26 de enero y el 6 de febrero del presente año. Dichos eventos fueron encabezados por la titular del poder ejecutivo, siendo acompañada por integrantes de su gabinete y utilizando la estructura institucional del gobierno, en los que fue hecho notorio que se difundieron obras públicas, programas gubernamentales, inversiones y resultados de la administración estatal; todo ello mediante discursos, publicaciones oficiales, transmisiones en redes sociales y la distribución de materiales impresos.
Lo que llamó particularmente nuestra atención fue que durante esas jornadas se distribuyó una gaceta que contenía información correspondiente a su cuarto informe de gobierno, presentado públicamente el 7 de diciembre de 2025. Es decir, varias semanas después de que había concluido el periodo legalmente permitido para su difusión, toda vez que el artículo 242 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que los informes anuales de gobierno y los mensajes destinados a difundirlos deben sujetarse a un periodo específico: siete días antes y cinco después de su presentación. Una disposición que no constituye un mero formalismo, sino una garantía para evitar que los gobernantes utilicen los informes oficiales como instrumentos permanentes de posicionamiento político.
La denuncia del PRD se sustentó en tres planteamientos fundamentales: la difusión extemporánea del cuarto informe de gobierno, la evidente promoción personalizada de la gobernadora y la presunción de uso indebido de recursos públicos.
La línea argumental de la queja sostenía que no estábamos frente a simples ejercicios de rendición de cuentas, sino ante una práctica reiterada en la que la imagen, la voz y el protagonismo de la titular del Ejecutivo ocupaban un lugar central, mientras se utilizaban recursos humanos, materiales y plataformas institucionales para amplificar los mensajes, es decir, la estructura formal del gobierno del estado.
El partido amplió su denuncia el 6 de marzo, incorporando un señalamiento sobre los llamados Encuentros Tlaxcaltecas, que no era otra cosa más que disfrazar la misma acción emprendida desde las mentadas Jornadas referidas, pero con otro nombre; en pocas palabras, una forma sutil pero burda de pretender hacer fraude a la ley, un intento de esquivar la responsabilidad, engañar a la autoridad y una clara pretensión de tomarle el pelo a la gente.
Nuestra intención nunca fue impedir que el gobierno informara sobre sus actividades; por el contrario, creemos que la rendición de cuentas es una obligación permanente de quienes ejercen el poder público. Lo que cuestionamos fue que esa obligación se utilizara como justificación para ignorar las restricciones constitucionales y legales que buscan preservar la imparcialidad gubernamental.
Después de varios meses de investigación, el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones emitió un acuerdo que contiene una conclusión relevante: la gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros incurrió en una infracción electoral por la difusión extemporánea de su cuarto informe de gobierno. Sin embargo, lo verdaderamente inquietante no es solamente que la autoridad electoral reconozca que la gobernadora violó una disposición legal, sino que a pesar de acreditar la infracción, el proyecto no estableció multa, amonestación ni sanción directa alguna contra la mandataria, y prefirieron pasar la pelota a la cancha del congreso local.
Pero hay algo todavía más cuestionable en la resolución del ITE. La autoridad electoral reconoce que Lorena Cuéllar infringió la ley al distribuir extemporáneamente las gacetas de su cuarto informe de gobierno, pero al mismo tiempo considera que no se acreditó el uso indebido de recursos públicos ni la promoción personalizada. Una conclusión que, cuando menos, merece una explicación mucho más convincente. Las gacetas no se imprimieron solas, las sillas no aparecieron por generación espontánea, los equipos de sonido no se instalaron por obra de algún milagro y las transmisiones y publicaciones en las plataformas institucionales tampoco se produjeron sin intervención humana. ¿Quién pagó la impresión de esos materiales? ¿De dónde salieron los recursos para organizar los eventos? ¿Cuánto costaron la logística, el mobiliario, el personal y la difusión? Y, sobre todo, ¿por qué el ITE no profundizó en la investigación sobre el origen, destino y utilización de esos recursos? Es cierto que el empleo de dinero público no constituye automáticamente una infracción electoral, pero también lo es que, una vez acreditada la difusión ilegal de propaganda gubernamental, resultaba indispensable examinar con mayor rigor los recursos que hicieron posible esa conducta. La ausencia de llamados expresos al voto no debería convertirse en una coartada suficiente para cerrar la discusión.
Igualmente resulta discutible que el Instituto descarte la promoción personalizada de la gobernadora. Su argumento es que no encontró expresiones dirigidas a exaltar sus cualidades personales, aspiraciones electorales o liderazgo político. Pero habría que preguntarse si la promoción de una figura pública se construye exclusivamente mediante frases de elogio o llamados al sufragio. ¿Acaso la exposición reiterada de su imagen, su voz, su nombre y su protagonismo en eventos oficiales no merece una valoración más profunda cuando forma parte de una estrategia sistemática de comunicación? ¿No resulta cuando menos contradictorio reconocer que se difundió ilegalmente un informe centrado en los resultados de su administración y, al mismo tiempo, descartar cualquier posibilidad de posicionamiento personal? No afirmo que ambas infracciones sean jurídicamente equivalentes, porque no lo son; lo que cuestiono es que la autoridad parezca analizar los hechos de manera aislada, perdiendo de vista su contexto, su reiteración y sus posibles efectos políticos. En vísperas de la disputa por la gubernatura de 2027, esa distinción no es menor.
Al final, la resolución deja una sensación agridulce. Por un lado, confirma que nuestra denuncia tenía sustento y que ni siquiera la titular del Poder Ejecutivo está exenta de cumplir las disposiciones electorales. Por el otro, exhibe las limitaciones de un sistema que reconoce infracciones, descarta otras bajo razonamientos discutibles y termina trasladando al Congreso la responsabilidad de determinar las posibles consecuencias. Desde el PRD habremos de valorar las vías jurídicas para combatir esas conclusiones, porque Lo que está en juego es algo mucho más importante que una disputa entre partidos, lo que teneos enfrente es la vigencia de reglas que deben aplicarse por igual a gobernantes y gobernados. Al final del día, parece que el mensaje es más que claro, la Gobernadora Lorena Cuellár en su reino, puede violar la ley, y no habrá consecuencia.
