Alcaldesa de Lázaro Cárdenas, debe ser multada, destituida y hasta enviada a prisión

El Congreso del Estado y la secretaría de Gobierno (SEGOB) han guardado silencio tras la violencia de género y discriminación que sufrió la regidora Areli Badillo Guzmán por parte de la Presidenta Municipal de Lázaro Cárdenas Elena Macías Díaz, acción por la que además de ser sancionada con una multa, debería ser destituida del cargo y enviarla a prisión

Y es que después de que la regidora Areli Badillo Guzmán desde el pasado 5 de noviembre pidió la intervención del Congreso del Estado a través de la Diputada Lorena Ruíz García Presidenta de la Comisión de Igualdad de Género y Contra la Trata de Personas y de la Diputada Gabriela Hernández Islas Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Grupos Vulnerables y Derecho de niñas, niños y adolescentes, al día de hoy no ha habido ninguna repercusión

Ni porque se celebró el pasado 25 de este mes el día internacional para la erradicación de la violencia contra la mujer, ameritó algún posicionamiento de alguna de las diputadas que presiden las comisiones arriba señaladas.

Es de recordar que Areli Badillo Guzmán junto con los 4 regidores restantes de ese municipio de Lázaro Cárdenas, notificaron al Congreso del Estado y a la Secretaría de Gobierno su intervención para sancionar a la Presidenta Municipal, lo cual no ha sucedido porque no es de su interés.

“…en abierta violación a lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, que establece que los integrantes del cabildo tienen derecho a percibir una retribución económica durante el tiempo que ejerzan el cargo”.

De acuerdo al Código Penal de Tlaxcala en el Artículo 432 Bis, enmarca que la Presidenta Municipal incurre en el delito por violencia política contra las mujeres en razón de género. Fracción IX. Quien limite o niegue que una mujer reciba la remuneración por el desempeño de sus funciones cargo o comisión”

Y es que la retención del salario de la regidora se dio, porque pidió una licencia temporal para atender el proceso de alumbramiento,

por lo cual, la alcaldesa Elena Macías además de ser multada y destituida debería ser enviada a prisión como lo estipula el referido Código Penal en la fracción XIV. “…se impondrán penas de multa a razón de 100 a 200 veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización, y de prisión de dos a cuatro años…”

Sumado a que la Presidenta Municipal también incurrió en discriminación, se sumaría a otra sanción en su contra ya que está tipificada como un delito; “quien discrimine a una mujer embarazada con la finalidad de impedir o restringir su reincorporación al cargo tras hacer uso de la licencia de maternidad”.